De esta manera, podrá realizar el registro de las siguientes maneras:
| con "USUARIO" y "CLAVE" otorgada por AFIP | ||||
Acceso con Clave Fiscal
| con "USUARIO" y "CLAVE" otorgada por Banco/Prestador | ||||
Se recuerda que a partir de la vigencia del nuevo “Registro Especial de Personal de Casas Particulares” (Resolución General N° 3491) toda relación laboral debe inscribirse en el Registro Especial de Seguridad Social. El trámite se deberá realizar hasta el 30 de Junio de 2013 inclusive.
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