
Mediante la publicación de la
Resolución General 3.478 se aprueba el aplicativo
“Ganancias Personas Jurídicas” versión 12.
La normativa establece que dicho aplicativo deberá ser utilizado por los
contribuyentes y responsables comprendidos en las disposiciones de la
Resolución General Nº 3.077 y sus complementarias, a los fines de la
determinación del impuesto a las ganancias y la confección de la
respectiva declaración jurada.
La presentación del Formulario 713 generado con el mismo deberá
presentarse por internet, con clave fiscal o a través de las páginas web
de las entidades habilitadas.
Vigencia: la presente Resolución General entra en
vigencia a partir del 19 de abril de 2013, y resulta de aplicación para
las presentaciones de declaraciones juradas (originales o
rectificativas) que se realicen a partir de esa fecha.
Cuando deban confeccionarse declaraciones juradas (originales o
rectificativas) correspondientes a ejercicios comerciales cuyos cierres
hubiesen operado hasta el 30 de noviembre de 2005, inclusive, las mismas
deberán generarse utilizando la
versión 6.0 - Release 1 del programa aplicativo “GANANCIAS SOCIEDADES”.
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