La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó un instructivo para
completar el nuevo formulario 102/B correspondiente al pago de aportes y
contribuciones para el personal de casas particulares y que incluye además el recibo de pago de los haberes que le
corresponden al trabajador por parte del dador de trabajo.
Entre las principales cuestiones a tener
en cuenta estan respecto al recibo de pago, que es el apartado que tuvo una
variación mayor. Entre ellas podemos mencionar:
- Fecha real de ingreso: sin perjuicio
de la fecha de registración en el Registro.
Esto es así ya que, según la normativa
vigente (RG AFIP N° 3.491), las relaciones laborales vigentes al 31 de
mayo de 2013 deberán ser registradas en el Registro Especial de Personal de
Casas Particulares hasta el 30 de junio, inclusive, y la fecha de
ingreso que corresponderá registrar será la del efectivo registro en el
sistema más allá de la real. Por lo tanto, tenemos:
- En el Registro Especial de Personal de
Casas Particulares corresponde registrar como fecha de inicio de la
relación laboral (para aquellas vigentes antes del 1° de junio) el día
en que se inscribió dicha relación en el mencionado registro.
- En el recibo de pago (formulario 102/B nuevo modelo) corresponde indicar la fecha de inicio real de la relación laboral.
- Modalidad de liquidación: debe consignar la misma que ingresó al momento de dar de alta al trabajador en "Simplificación Registral - Registro Especiales de Seguridad Social" (Diaria, Semana, Quincenal o Mensual), y la cantidad de horas trabajadas en función de la modalidad de liquidación informada.
- Remuneración: se deberá indicar los mintos de Sueldo Básico, S.A.C., Vacaciones y/o otros conceptos.
El Recibo de pago deberá imprimirse por duplicado y debe ser firmado tanto por el empleador como por el trabajador.
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