7 de junio de 2013

AFIP reglamentó el Régimen de Exteriorización Voluntaria

A través de la Resolución General N° 3.509 - publicada en el Boletín Oficial – la AFIP reglamentó la ley votada por el Congreso de la Nación para la exteriorización voluntaria de moneda extranjera y divisas. Echegaray, en una rueda de prensa, explicó las particularidades de la misma a los periodistas.
El administrador federal de Ingresos Públicos, Ricardo Echegaray, adelantó las particularidades de la reglamentación del Régimen de Exteriorización Voluntaria -sancionado por la Ley Nº 26.860 que realizó el organismo a través de la Resolución General N° 3.509. 

En una rueda de prensa, Echegaray explicó que la exteriorización, como lo estipula la ley y la reglamentación, vence el 30 de septiembre. Después de este día a aquellos contribuyentes que evadieron impuestos y no instrumentaron la exteriorización de capitales acogiéndose a este programa, la AFIP les aplicará las sanciones del régimen penal tributario, como así también les cobrara los intereses y las multas. 

El funcionario recordó la extensa red de acuerdos de intercambio de información que tiene la Argentina con las administraciones fiscales de otros países que le permite a la AFIP, entre otras cosas, detectar empresas en el exterior (incluso en los territorios denominados como "paraísos fiscales"), y afirmó que conforme a esto, quienes no exterioricen la tenencia de moneda extranjera en otros países y sean descubiertos por la AFIP, luego no pueden "decir que los están persiguiendo". 

Echegaray comentó los beneficios que tiene la exteriorización voluntaria mediante los instrumentos creados por la Ley 26.860, quiénes están excluidos de adherir al mismo y brindó un panorama técnico sobre el rol de la AFIP en la denuncia de operaciones sospechosas.

Además, agregó que la AFIP será el primer filtro de la exteriorización ya que contará con la información en tiempo real de las operaciones, situación esta que asegura la transparencia del régimen tanto para los adherentes como para el resto de los sectores involucrados en el proceso como ser las empresas constructoras, inmobiliarias y escribanos, entre otros.



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