Es para los
trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados que
tributan el impuesto; rigen desde el 1 de marzo último.
Cuarenta y dos
días después del anuncio de Cristina Kirchner, la Administración Federal
de Ingresos Públicos (AFIP) publicó esta mañana en el Boletín Oficial
la nueva escala de deducciones mensuales para los trabajadores en
relación de dependencia, jubilados y pensionados que tributan el
Impuesto a las Ganancias.
Mediante la
Resolución General 3449 se dispuso que a partir del 1 de marzo la
retención que se computará mensualmente por ganancias no imponibles será
de 1.296 pesos.
En cuanto a las cargas de familia, por cónyuge se fijó en 1.440 pesos; por hijo 720 pesos; y otras cargas en 540 pesos.
Respecto
de las deducciones especiales, se estableció el cómputo en 1.296 pesos
(socios de cooperativas) y en 6.220,80 pesos (cargos públicos y gastos
protocolares; trabajo en relación de dependencia y jubilaciones,
pensiones, retiros o subsidios).
A
través del decreto 244 del 2013, el Gobierno fijó la semana pasada los
nuevos montos de "las deducciones anuales en concepto de ganancia no
imponible, cargas de familia y deducción especial, computables para la
determinación del citado gravamen correspondiente a personas físicas y
sucesiones indivisas" para adecuarlas al aumento del 20 por ciento en el
mínimo que anunció la Presidenta el 28 de enero pasado.
Según
el decreto, las reducciones regirán desde el 1 de marzo último, en
lugar de ser retroactivos al 1° de enero, como correspondería a un
impuesto anual.
A pesar de que la AFIP insiste
en que hay antecedentes legales que avalarían esos plazos, los
tributaristas sostienen que en cualquier caso el Gobierno debería
reintegrar lo que recaudó de más en los primeros dos meses del año,
cuando regía un mínimo no imponible menor.
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