17 de enero de 2013

Resolución 114/2012 Rectifícanse salarios correspondientes al título de “Tareas de Clasificación de Maní en Cáscara y en Grano”.




Comisión Nacional de Trabajo Agrario
SALARIOS
Resolución 114/2012
Rectifícanse salarios correspondientes al título de “Tareas de Clasificación de Maní en Cáscara y en Grano”.
Bs. As., 20/12/2012
VISTO el expediente N° 1.495.814/12 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que mediante presentación de la entidad sindical UATRE, en la cual manifiesta que se ha incurrido en un error material en las remuneraciones consignadas en el Anexo II del título de “TAREAS DE CLASIFICACION DE MANI EN CASCARA Y EN GRANO” apartados 3) y 5) y la remuneración establecida en el título “SELECCION A MANO DEL MANI EN GRANO Y/O CASCARA SOBRE CINTA ACOPLADA EN LA MAQUINA CON PREVIA CLASIFICACION MECANICA” de la actividad de MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, con vigencia a partir del 1° de octubre de 2012, determinadas por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 91 de fecha 26 de octubre de 2012.

Que habiéndose cotejado las remuneraciones referidas con los importes acordados en la respectiva sede regional y elevados a la C.N.T.A., surge con claridad que se ha cometido un error material al transcribirse los salarios de las referidas categorías laborales, y luego de coincidir las representaciones sectoriales en cuanto a la pertinencia de su rectificación, debe procederse a su determinación.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 89 del Régimen de Trabajo Agrario, instituido por la Ley N° 26.727.

Por ello,

LA COMISION NACIONAL
DE TRABAJO AGRARIO
RESUELVE:
Artículo 1° — Rectíficanse los salarios consignados en el Anexo II correspondientes al título de “TAREAS DE CLASIFICACION DE MANI EN CASCARA Y EN GRANO” en los apartados 3) “Selección a mano del maní en grano sobre cinta o noria sin previa selección mecánica” (Picoteo) y 5) “Selección a mano del maní en grano sobre cinta sin previa selección mecánica y vibrador” (Picoteo), y la remuneración establecida en el título “SELECCION A MANO DEL MANI EN GRANO Y/O CASCARA SOBRE CINTA ACOPLADA EN LA MAQUINA CON PREVIA CLASIFICACION MECANICA” establecidos para la actividad de MANIPULACION Y ALMACENAMIENTO DE GRANOS, con vigencia partir del 1° de octubre de 2012 por la Resolución de la Comisión Nacional de Trabajo Agrario N° 91 de fecha 26 de octubre de 2012, de conformidad con los que a continuación se consignan:
TAREAS DE CLASIFICACION DE MANI EN CASCARA Y EN GRANO
 3) Selección a mano del maní en grano sobre cinta o noria sin previa selección mecánica (Picoteo)
$ 25,40
5) Selección a mano del maní en grano sobre cinta, sin previa selección mecánica y vibrador (Picoteo)
$ 25,40

SELECCION A MANO DEL MANI EN GRANO Y/O CASCARA SOBRE CINTA ACOPLADA EN LA MAQUINA CON PREVIA CLASIFICACION MECANICA
$ 25,40
Art. 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Alvaro D. Ruiz. — Alejandro Senyk. — Carla E. Seain. — Mario Burgueño Hoesse. — Ricardo Grether. — Miguel A. Giraudo. — Ramón Ayala. — Jorge Herrera.

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