24 de enero de 2013

Establecen esquema de asistencia financiera para los municipios

La Jefatura de Gabinete aprobó, por resolución publicada hoy en el Boletín Oficial, el "Procedimiento para Solicitudes de Ayuda Financiera" para otorgar a los gobiernos municipales fondos para la ejecución de gastos correspondientes a las prestaciones de dichas jurisdicciones.
Por Resolución 13/2013 publicada hoy en el Boletín Oficial, la Jefatura de Gabinete de Ministros aprobó el “Procedimiento para Solicitudes de Ayuda Financiera” para otorgar a los gobiernos municipales fondos para la ejecución de gastos correspondientes a las prestaciones de dichas jurisdicciones.

En los considerandos explica que el artículo 3° del Decreto Nº 2609 de fecha 27 de diciembre de 2012 se faculta a la Jefatura De Gabinete de Ministros, a través de la  Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, a otorgar a los gobiernos municipales ayuda financiera para la ejecución de gastos correspondientes a las prestaciones de dichas jurisdicciones”.

Añade que el Decreto Nº 2609/12 señala la necesidad de políticas y acciones de Estado que permitan fortalecer los niveles subnacionales de mayor descentralización, estableciendo las debidas facultades para poder implementar mecanismos de asistencia económica y financiera destinados a mejorar la eficacia, la capacidad de respuesta y el resultado de la gestión por parte de los gobiernos municipales.

En ese sentido, indica que se debe determinar el procedimiento que regulará el trámite de otorgamiento de ayuda financiera a los municipios/comunas comprendidos en los alcances de la normativa mencionada

La medida también faculta la Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa de la Jefatura De Gabinete de Ministros a dictar las normas complementarias y aclaratorias que resulten necesarias para la implementación del régimen establecido por el artículo 3° del Decreto Nº 2609 de fecha 27 de diciembre de 2012.

La resolución, que entra en vigencia hoy, lleva la firma del jefe de Gabinete, Juan Manuel Abal Medina.

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