Consejo Gremial de Enseñanza Privada
ASIGNACIONES FAMILIARES
Resolución 8/2012
Actualízase el régimen vigente de las asignaciones
familiares para el personal que presta servicios en los Institutos de Enseñanza
Privada.
Bs. As., 13/11/2012
VISTO el Decreto Nº 1668/2012 del
Poder Ejecutivo Nacional; y
CONSIDERANDO:
Que el régimen nacional de asignaciones familiares ha sido
modificado por los decretos del Poder Ejecutivo Nacional 1667/2012 y 1668/2012.
Que a los efectos de su asimilación al régimen de este
Consejo Gremial de Enseñanza Privada, se hace necesario adecuar algunos
aspectos a fines de hacerlo compatible con las características propias de la
relación de empleo alcanzadas por el Estatuto Ley 13.047, sin por ello crear
condiciones más gravosas para el acceso a los beneficios.
Que a su vez, debe contemplarse la situación del personal
que reviste en las plantas orgánico funcionales de los institutos privados de
enseñanza.
Que conforme lo determina la Ley 26.206 Nacional de Educación en su artículo
64, los docentes que desempeñan tareas en establecimientos educativos de
gestión privada reconocidos deben percibir una remuneración mínima igual a la
de los docentes de instituciones de gestión estatal.
Que a pesar de que las asignaciones familiares no integran
la remuneración definida en el artículo 103 de la Ley de Contrato de Trabajo, es
aconsejable respecto del personal nombrado referir la liquidación a las normas
locales.
Que por tales razones, resulta pertinente limitar las normas
propias de este Consejo a las necesarias para adecuar los regímenes aplicables
en cada caso a las particularidades de la relación de empleo normada en el
Estatuto del Docente Privado.
Que en sesión de fecha 13 de Noviembre de 2012, se aprobó
por mayoría el dictado del presente acto administrativo, conforme lo determina la Ley 13.047.
Por ello, en uso de atribuciones que le son propias,
EL CONSEJO GREMIAL
DE ENSEÑANZA PRIVADA
Reunido en sesión ordinaria
RESUELVE:
Artículo 1º — Determínase que la liquidación de
las asignaciones familiares del personal que se desempeña en los institutos
privados de enseñanza incluidos en el Artículo 2 de la Ley 13.047 se asimilará en
montos y condiciones para su percepción, a lo dispuesto en la Ley 24.714, modificatorias y
reglamentarias, con la excepción dispuesta en el artículo siguiente.
Art. 2º — Las asignaciones familiares
del personal docente que integra las plantas orgánico funcionales de los
establecimientos educativos de gestión privada reconocidos, se asimilarán en
montos y condiciones para su percepción, a lo establecido por cada jurisdicción
respecto del personal docente que se desempeña en la gestión estatal.
Art. 3º — El personal acreedor a las
prestaciones deberá acreditar fehacientemente su derecho a percibir las mismas.
Toda falsa declaración motivará la devolución de lo cobrado indebidamente y la
aplicación de sanciones previstas en el artículo 13 de la Ley 13.047.
Art. 4º — La Resolución Nº 664/96
y sus modificatorias de este Consejo Gremial de Enseñanza Privada, serán de
aplicación supletoria para situaciones no previstas en la presente. El Consejo
Gremial de Enseñanza Privada dictará las normas complementarias necesarias para
adecuar los regímenes aplicables en cada caso a las particularidades de la
relación de empleo normada en el Estatuto del Docente Privado.
Art. 5º — La presente Resolución tendrá
vigencia a partir de la fecha de su sanción.
Art. 6º — Desglosar la presente
Resolución para su registro y archivo previa sustitución por copia autenticada
por Presidencia, remitiendo copia a los Ministerios de Educación Provinciales,
y de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires. Notifíquese a la Dirección Nacional
de Comercio Interior; a la Administración Federal de Ingresos Públicos, a
sus efectos.
Art. 7º — Comuníquese. Publíquese, dése
a la Dirección
Nacional del Registro Oficial y archívese. — Norberto
Baloira. — Enrique Martín. — Pablo Olocco. — Silvia Squire. — Elena Otaola. —
Alicia Velich. — Erica V. Covalschi. — Edgardo Rodríguez. — Guillermo Marconi.
APROBADA EN SESION DE FECHA: 13 de Noviembre de 2012
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