Instituto Nacional de Asociativismo y Economía Social
COOPERATIVAS Y MUTUALES
Resolución 6230/2012
Procedimiento para emisión de certificaciones.
Aprueba modelos. Deróganse las Resoluciones N° 3516/2005 y 3049/2007.
Bs. As., 16/10/2012
VISTO el expediente Nº 1028/10 del
registro del INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución Nº 3516/05 INAES, modificada
por Resolución Nº 3049/07 INAES, se estableció el contenido y
procedimiento de las certificaciones que emite este Organismo.
Que a posteriori del dictado de las citadas resoluciones se
ha actualizado la legislación en diversas materias vinculadas al control
público, lo cual, conjuntamente con la experiencia acumulada y las características
de los servicios que prestan las cooperativas y mutuales, en virtud del
desarrollo del sector, tornan conveniente adecuar la normativa contenida en las
resoluciones citadas en el considerando precedente.
Que a los fines de establecer un procedimiento sumario de
gestión, resulta oportuno establecer un formulario que permita unificar el
formato de las solicitudes y agilizar el despacho de las mismas.
Que asimismo, y con el objeto de optimizar el ejercicio del
control público, los certificados se emitirán por intermedio de la Secretaría
de Contralor.
Que el servicio jurídico permanente ha tomado la
intervención que le compete con carácter previo al dictado del presente acto
administrativo.
Por ello, en uso de las facultades conferidas por los
Decretos Nros. 420/96, 723/96, 721/00 y 1192/02,
EL DIRECTORIO
DEL INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL
RESUELVE:
Artículo 1º — Las certificaciones a emitirse por
el INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL contendrán: a) La
mención acerca de la vigencia de la autorización para funcionar e inscripción
en los Registros Nacionales de Cooperativas y de Mutuales, según corresponda,
incluyéndose los datos pertinentes de dichas inscripciones registrales; b) La
certificación correspondiente acerca de los servicios que la entidad de que se
trate esté habilitada a prestar. Ello se cumplirá, en el caso de cooperativas,
acompañando al certificado copia autenticada de las cláusulas estatutarias
descriptivas del objeto social; en el caso de mutuales, mediante referencia a
los reglamentos de servicios que se hallaren inscriptos; c) La constancia que
la mutual o cooperativa ha dado cumplimiento con la remisión de la
documentación obligatoria exigida por este Instituto respecto a los últimos
cinco ejercicios sociales. A tales efectos las áreas competentes verificarán el
cumplimiento formal de los artículos 19, 24 y concordantes de la Ley 20.321;
artículos 41, 48, 56 y concordantes de la Ley 20.337, de sus respectivas
operatorias y las normas reglamentarias emanadas de esta autoridad de
aplicación; d) En el supuesto que la mutual o cooperativa hubiere sido
denunciada penalmente por el INAES se dejará constancia de esa circunstancia,
puntualizando el delito denunciado por el Organismo, Juzgado y Secretaría donde
tramita la causa y se agregará copia de la denuncia efectuada. Asimismo se
adjuntará copia certificada de la resolución mediante la cual se hubiere
dispuesto la instrucción de actuaciones sumariales con motivo de la citada
denuncia; e) En el caso de que la mutual o cooperativa estuviere bajo proceso
sumarial ordenado por el Directorio del Instituto se deberá dejar constancia en
el cuerpo del certificado, agregándose copia certificada del acto
administrativo que así lo resuelve; f) En el supuesto que la mutual o
cooperativa hubiere sido sancionada durante los últimos cinco años, como
consecuencia de la conclusión de un proceso sumarial con resolución firme en
sede administrativa, se consignará la sanción aplicada agregándose copia
certificada del acto administrativo que así la dispuso.
Art. 2º — Las constancias indicadas en
el Artículo 1º serán emitidas por las respectivas áreas de las Gerencias de
Registro y Legislación, de Administración y Finanzas de la Secretaría del
Registro Nacional de Cooperativas y Mutuales y de las Gerencias de Inspección y
de Intervenciones e Infracciones de la Secretaría de Contralor. El certificado
que contenga la totalidad de la información mencionada en el Artículo 1º será
suscripto por la Secretaría de Contralor.
Art. 3º — Las solicitudes de
certificados de cumplimiento deberán ser presentadas sin excepción mediante los
formularios que como Anexos I y II para mutuales y cooperativas,
respectivamente, forman parte integrante de la presente resolución. Los
formularios estarán disponibles en la página web del Instituto y deberán
llenarse en papel tamaño legal (215.9 x 355.6 mm.), en doble faz, letra calidad
de impresión normal (tamaño no inferior al Nº 10), completándose el mismo
a máquina o PC. Sólo se admitirá un pedido de certificado por formulario.
Art. 4º — Las solicitudes de
certificados serán presentadas con indicación expresa de la administración
pública u organización privada ante la que se prevea su presentación. Dicho
destino será incluido en la certificación que se emita.
Art. 5º — Las constancias que emita
este Organismo para ser presentadas ante la DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS,
serán expedidas conforme al modelo que como Anexo V integra la presente
resolución y serán suscriptas por la Secretaría de Contralor.
Art. 6º — Apruébanse los modelos de
certificados que como Anexos III y IV integran la presente resolución. En los
casos que concurrieren los supuestos indicados en el Artículo 1º incisos d), e)
y f) se dejará debida constancia y se adjuntará la documentación allí
mencionada.
Art. 7º — Los certificados cuyos
modelos integran los anexos III y IV de la presente resolución, no se emitirán
si la cooperativa o mutual no ha dado cumplimiento a lo establecido en el
Artículo 1º inc. c), debiendo en los supuestos de mutuales no encontrarse,
además, en mora en el pago de los aportes previstos en el artículo 9º de la Ley
20.321.
Art. 8º — Las solicitudes de
certificados actualmente en trámite se despacharán conforme la presente
resolución.
Art. 9º — Los certificados que emita
este Organismo de conformidad con los modelos que como Anexos III y IV integran
la presente deberán contener numeración correlativa y cronológica. La
Secretaría de Contralor llevará un registro de los certificados que se
otorguen.
Art. 10. — Los certificados, una vez
emitidos, se pondrán a disposición de los solicitantes en la Secretaría de
Contralor por el término de DIEZ (10) días hábiles, vencido el cual serán
remitidos mediante despacho postal.
Art. 11. — Deróganse las Resoluciones
Nº 3516/05 y Nº 3049/07.
Art. 12. — La presente resolución entrará
en vigencia a partir de su publicación.
Art. 13. — Regístrese, publíquese, dése
a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Víctor R. Rossetti.
— José H. Orbaiceta. — Daniel O. Spagna. — Ernesto E. Arroyo. — Ricardo D.
Velasco. — Roberto E. Bermúdez. — Patricio J. Griffin.
ANEXO I


ANEXO II

ANEXO III
CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO LEY 20.321 Y NORMAS CONCORDANTES
PARA SER PRESENTADO ANTE
Certifico que conforme a lo informado por la Coordinación
del Registro Nacional de Mutualidades, la entidad denominada
........................................................, C.U.I.T.
Nº ............, con domicilio legal en ............ le fue otorgada su
personería jurídica mediante Resolución Nº............ del ............ de ............,
habiendo sido inscripta en el Registro Nacional de Mutuales bajo matrícula
Nº ……….…. La citada entidad posee registrados ante este Organismo los
siguientes reglamentos de servicios: ………………..……..
Asimismo, certifico que la entidad ha dado cumplimiento con
la remisión de la documentación obligatoria exigida por este Instituto respecto
a los últimos cinco ejercicios sociales.
Se expide el presente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
a los .............. días del mes de ............ del año ............ a solicitud
de la mutual y para ser presentado ante
...................................................................
Firmado: ................................. Secretaría de
Contralor.
ANEXO IV
CERTIFICADO DE CUMPLIMIENTO LEY 20.337 Y NORMAS CONCORDANTES
PARA SER PRESENTADO ANTE
Certifico que conforme a lo informado por la Coordinación de
Registro Nacional de Cooperativas ............ la entidad denominada
............ C.U.I.T. Nº ............, con domicilio legal en ............
le fue otorgada su personería jurídica mediante Resolución Nº ............
del ............ de .............., habiendo sido inscripta en el Registro
Nacional de Cooperativas bajo matrícula Nº ………… Se acompaña copia
autenticada de las cláusulas estatutarias descriptivas de su objeto social.
Asimismo, certifico que la entidad ha dado cumplimiento con
la remisión de la documentación obligatoria exigida por este Instituto respecto
a los últimos cinco ejercicios sociales.
Se expide el presente en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires,
a los ............ días ............ del mes de ............ de ............ a
solicitud de la cooperativa y para ser presentado ante
................................................
Firmado: ................................. Secretaría de
Contralor.
ANEXO V
A LA DIRECCION GENERAL DE ADUANAS:
A los fines de la importación de bienes por parte de las
mutuales en el marco de lo establecido en el artículo 29 de la ley 20.321, de
acuerdo a lo informado por la Coordinación del Registro Nacional de
Mutualidades, con relación a la siguiente entidad, se certifica:
a) Denominación social:
b) Domicilio:
c) Matrícula Nacional vigente:
d) C.U.I.T. Nº:
e) Conforme con la referida ley, el estatuto y reglamento/s
vigentes para la misma, los bienes a importar deberán destinarse para la
presentación de algunos de los siguientes servicios aprobados por este
Instituto ..........................................................................................
La determinación de las características de los bienes a
importar, compatibles con su objeto social, habrán de ser certificadas por los
organismos competentes, según la materia de que se trate.
Asimismo, certifico que la entidad ha dado cumplimiento con
la remisión de la documentación obligatoria exigida por este Instituto respecto
a los últimos cinco ejercicios sociales.
Firmado: ................................. Secretaría de
Contralor.
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