19 de septiembre de 2012

Como realizar la recategorizarización del monotributo



 Las recategorizaciones son cuatrimestrales, hasta el 20 de los meses de mayo, septiembre y enero. El pago de la nueva categoría se deberá abonar al mes siguiente al de vencimiento para la recategorización.








Cuatrimestre
Mes en que corresponde
Recategorizarse
Mes a partir del cual se abona la nueva categoría
Enero-Abril
Mayo
Junio
Mayo-Agosto
Septiembre
Octubre
Septiembre-Diciembre
Enero
Febrero


  • Ingrese con su “Clave Fiscal” al Servicio “Sistema Registral”



 
  • Luego apareceran los contribuyentes asociados, selecciones el correspondiente


  • Selecciones “Registro Tributario” y dentro de las opciones desplegables la denominada “Monotributo”

 
  • Deberá tildas “Recategorización” y el CUIT y luego el botón “Generar Declaración Jurada”


  • El sistema solicitara el ingreso de los datos necesarios para efectuar la recategorización
-   Ingresos Brutos Anuales: ventas, locaciones o prestaciones
-   Superficie afectada en M2: espacio solo destinado a la atención al público, de no corresponder ingresar “cero”
-   Enérgia eléctrica en KW: no se deberá considerar este parámetros para ciertas actividades como heladerías, kioscos, lavaderos, etc
-   Monto alquileres: de no corresponder ingresar “cero”
-   Precio Unitario: de no ingresar venta de productos, ingresar “cero”



Luego deberá presionar “Enviar Formulario”

  • El sistema solicitará la confirmación de datos ingresados.


  • El sistema desplegará la constancia de realización del trámite, y la credencial para efectuar los pagos con la nueva categoría.

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