El titular de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), Ricardo Echegaray, y
el embajador de España en el país, Román Oyarzun Marchesi, rubricaron
un convenio con el fin de evitar la doble imposición y prevenir la
evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio.
“Este nuevo acuerdo evitará distorsiones en la aplicación de impuestos directos a nivel internacional”, afirmó Exhegaray y precisó que el convenio tendrá efectos retroactivos al 1 de enero de 2013, una vez que sea aprobado por ambos parlamentos.
El embajador de España, Oyarzun Marchesi, señaló que
“la firma de hoy es una muy buena noticia para las relaciones entre
España y la Argentina y estoy seguro de que va a provocar un impacto muy
favorable en nuestros empresarios, ya que pueden estar satisfechos
porque tienen un claro horizonte de previsibilidad fiscal por delante”.
El diplomático subrayó que “el nuevo convenio supone una mejora y
actualización del anterior facilitando la cooperación de las autoridades
fiscales en el adecuado desempeño de sus funciones”, y alertó que “la
ausencia de un convenio de este tipo sería un desincentivo a la
inversión”.
“Afortunadamente ambos países pudieron acordar rápidamente
posibilitando un tratamiento tributario adecuado para los contribuyentes
que desarrollan actividades en ambas naciones”, añadió.
El titular de la AFIP sostuvo que “con el convenio renegociado logramos
un objetivo fundamental: establecer un mecanismo claro y transparente
que imposibilite el uso abusivo del acuerdo”.
El funcionario destacó que el texto busca “evitar la doble imposición” y
aseguró que ataca las “tácticas y estrategias de planificación nociva
destinadas a no tributar en ambos lados de las fronteras”.
“El nuevo acuerdo prevé una cláusula específica sobre el intercambio de
información que abarca no sólo los aspectos de aquellos contribuyentes
que estén involucrados en la cuestión propia de la Doble Imposición,
sino a todos los ciudadanos de ambos países”, remarcó el administrador
federal y resaltó que en esta renegociación “sumamos todos en procura de
la transparencia de bienes y servicios”.
Principales modificaciones de la renegociación
El texto del nuevo Convenio de Doble Imposición recepta todas las
cuestiones planteadas oportunamente por Argentina a través de las
negociaciones de la “Comisión Revisora y Evaluadora de los Convenio de
Doble Imposición”, presididas Echegaray.
El convenio solucionará inconvenientes principalmente sobre las siguientes cuestiones:
• Permite la imposición en el país sobre las participaciones
societarias en sociedades argentinas pertenecientes a residentes
españoles (Impuesto sobre los Bienes Personales).
• Se moderniza la cláusula de intercambio de información tributaria, en
línea con los estándares internacionales del Foro Global sobre
Transparencia e Intercambio de Información.
• Se elimina la cláusula de la nación más favorecida, que comprometía
-principalmente a la Argentina- los tratamientos que pudieran acordarse
con terceros países en futuras negociaciones de convenios tributarios.
• Se incluye un memorándum de entendimiento tendiente a evitar
situaciones de abuso, aclarando que siempre serán aplicables las
disposiciones de la normativa interna de cada país relativas a la
prevención de la evasión fiscal. Esto fundamentalmente con el objeto de
impedir el uso abusivo del régimen español de Entidades de Tenencia de
Valores Extranjeros (ETVE).
Antecedentes
Argentina y España ya habían suscripto en 1992 un Convenio para evitar
la doble imposición y prevenir la evasión fiscal, que fuera denunciado
por nuestro país el pasado 29 de junio de 2012 a instancias de la
Comisión Evaluadora y Revisora de Convenios para Evitar la Doble
Imposición, en razón de los efectos perjudiciales que la AFIP había
detectado por la utilización abusiva de algunas de sus disposiciones.
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