INSPECCION GENERAL DE JUSTICIA
Resolución General
1/2013
Rectifícanse los
Artículos 5° y 7° de la
Resolución General Nº 16/2012.
Bs. As., 3/1/2013
VISTO lo
actuado en el Expediente Nº 5112112/7009423 del Registro de la INSPECCION GENERAL
DE JUSTICIA y la Resolución
General IGJ Nº 16 del 28 de diciembre de 2012, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución General
IGJ Nº 16 del 28 de diciembre de 2012 establece la obligación de la
presentación de una declaración jurada sobre la condición de Persona Expuesta
Políticamente, detallando los requisitos para su presentación.
Que corresponde la rectificación
de los artículos 5° y 7° de la
Resolución citada.
Que el OFICIAL DE CUMPLIMIENTO
ante la UNIDAD DE
INFORMACION FINANCIERA ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente se dicta en uso
de las facultades dispuestas por el artículo 21 de la Ley Nº 22.315.
Por ello,
EL INSPECTOR
GENERAL DE JUSTICIA
RESUELVE:
Artículo 1° —
Rectifícase el artículo 5° de la Resolución General IGJ Nº 16/2012, el que
quedará redactado del siguiente modo:
“ARTICULO 5°.- La obligación
dispuesta por la presente resolución es susceptible de ser incluida en el texto
de la escritura pública. En esos casos, deberá remitirse digitalmente mediante
aplicativo, la información detallada el Anexo II y adjuntar el comprobante de
transacción, el cual deberá estar suscripto por el mismo profesional que
intervino en la escritura pública.”
Art. 2° —
Rectifícase el artículo 7° de la Resolución General IGJ Nº 16/2012, el que
quedará redactado del siguiente modo:
“ARTICULO 7°.- La presente
resolución entrará en vigencia a partir del 1° de febrero del año 2013.”
Art. 3° —
Regístrese como Resolución General. Publíquese. Dése a la DIRECCION NACIONAL
DEL REGISTRO OFICIAL. Cumplido, archívese. — Norberto C. Berner.
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