25 de enero de 2013

El Banco Central aprobó normas para fortalecer la protección de los usuarios

El Directorio del Banco Central aprobó un grupo de normas para fortalecer la protección de los usuarios de servicios financieros. Las entidades financieras deberán publicar en sus páginas web todos los conceptos que se cobren a los usuarios por los diferentes servicios que comercialicen. 
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó que se fortalecieron las normas para proteger a los usuarios de las entidades financieras, luego que el directorio aprobó una nueva normativa.

A partir de ahora, si un cliente hace un reclamo, éste deberá resolverse dentro de los 20 días hábiles, y cada entidad financiera deberá hacer pública en sus páginas de internet  todos los costos, cargos, gastos, seguros, comisiones, tasas de interés y todo otro concepto que se cobre a los usuarios por los diferentes servicios y productos que comercialicen.

Además, se fijó la obligación para las entidades financieras de comunicar al Banco Central, con 90 días de antelación, las comisiones y cargos de servicios y productos y sus eventuales modificaciones.  

El Directorio del organismo especificó que "las entidades alcanzadas deberán contar con un servicio de atención al usuario de servicios financieros y designar a un funcionario responsable de llevarlo adelante".

Indicó que "ese servicio de atención deberá tramitar y dar respuesta a presentaciones, consultas y reclamos que los usuarios efectúen ante la respectiva entidad" y que "la resolución de toda consulta o reclamo de los usuarios por parte de las entidades alcanzadas deberá efectivizarse en un plazo máximo de 20 días hábiles".

"El usuario de servicios financieros tendrá derecho a efectuar el seguimiento de su presentación. A tal fin, la entidad le deberá informar el estado del trámite cada vez que lo requiera", señaló y puntualizó que "las entidades alcanzadas deberán informar en sus páginas web y en sus sucursales la existencia del servicio de atención al usuario, así como el nombre del responsable del servicio y las alternativas para contactarlo".
Además aseguró que "los usuarios podrán recurrir al BCRA ante la falta de respuesta satisfactoria por parte de las entidades a sus presentaciones o reclamos".

La normativa aprobada marcó la obligatoriedad para las entidades de facilitar el acceso y la atención en las casas operativas de personas con movilidad reducida, así como proveer servicios en cajeros automáticos a personas con dificultades visuales.

El Banco Central informó, por último que "el incumplimiento de las normas antes mencionadas derivará en la aplicación de las sanciones previstas en la ley de entidades financieras".


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