El Directorio del
Banco Central aprobó un grupo de normas para fortalecer la protección de
los usuarios de servicios financieros. Las entidades financieras
deberán publicar en sus páginas web todos los conceptos que se cobren a
los usuarios por los diferentes servicios que comercialicen.
El Banco Central de la República Argentina (BCRA) informó que se
fortalecieron las normas para proteger a los usuarios de las entidades
financieras, luego que el directorio aprobó una nueva normativa.
A partir de ahora, si un cliente hace un reclamo, éste deberá
resolverse dentro de los 20 días hábiles, y cada entidad financiera
deberá hacer pública en sus páginas de internet todos los costos,
cargos, gastos, seguros, comisiones, tasas de interés y todo otro
concepto que se cobre a los usuarios por los diferentes servicios y
productos que comercialicen.
Además, se fijó la obligación para las entidades financieras de
comunicar al Banco Central, con 90 días de antelación, las comisiones y
cargos de servicios y productos y sus eventuales modificaciones.
El Directorio del organismo especificó que "las entidades alcanzadas
deberán contar con un servicio de atención al usuario de servicios
financieros y designar a un funcionario responsable de llevarlo
adelante".
Indicó que "ese servicio de atención deberá tramitar y dar respuesta a
presentaciones, consultas y reclamos que los usuarios efectúen ante la
respectiva entidad" y que "la resolución de toda consulta o reclamo de
los usuarios por parte de las entidades alcanzadas deberá efectivizarse
en un plazo máximo de 20 días hábiles".
"El usuario de servicios financieros tendrá derecho a efectuar el
seguimiento de su presentación. A tal fin, la entidad le deberá informar
el estado del trámite cada vez que lo requiera", señaló y puntualizó
que "las entidades alcanzadas deberán informar en sus páginas web y en
sus sucursales la existencia del servicio de atención al usuario, así
como el nombre del responsable del servicio y las alternativas para
contactarlo".
Además aseguró que "los usuarios podrán recurrir al BCRA ante la falta
de respuesta satisfactoria por parte de las entidades a sus
presentaciones o reclamos".
La normativa aprobada marcó la obligatoriedad para las entidades de
facilitar el acceso y la atención en las casas operativas de personas
con movilidad reducida, así como proveer servicios en cajeros
automáticos a personas con dificultades visuales.
El Banco Central informó, por último que "el incumplimiento de las
normas antes mencionadas derivará en la aplicación de las sanciones
previstas en la ley de entidades financieras".
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