
Según la normativa, quienes no cumplan con este requisito, podrán
ser multados por incumplir con su deber fiscal. Entre las sanciones que
están contempladas en el Código Fiscal (Art. 60), por infringir los
“deberos formales genéricos” que significa no cumplir con el
reempadronamiento, se encuentra una multa que puede rondar entre los
$200 y $30.000.
En un primer momento, se había dado plazo hasta el pasado 1º de
octubre, pero a solicitud de los contribuyentes la Agencia decidió
extender dicha fecha para facilitarles la presentación de los documentos
pertinentes.
El
director de Arba, Martín Di Bella, recordó que “la
intención es poder regularizar la situación de las embarcaciones
deportivas que existen en la Provincia, ya que a partir de relevamientos
en guarderías náuticas hemos encontrado un altísimo grado de
informalidad en el sector”.
Cabe destacar que entre los meses de marzo y abril de este año, Arba
realizó operativos especiales en 35 guarderías náuticas de la provincia
de Buenos Aires, donde controló la situación fiscal de 7.774
embarcaciones deportivas amarradas en territorio bonaerense. En esos
procedimientos, los inspectores detectaron unos 3.372 yates (el 44,5% de
los controlados) que se encontraban en situación irregular, ya que no
estaban debidamente inscriptos en los registros de Arba y por lo tanto
no abonaban el impuesto correspondiente.
Di Bella
afirmó que “vamos a actualizar los registros porque
queremos que todos los propietarios declaren sus yates y cumplan con el
pago del Impuesto a las Embarcaciones Deportivas”.
La actualización de información abarca a todos los contribuyentes
que posean embarcaciones destinadas a actividades deportivas o de
recreación, que estén propulsadas -en forma principal o accesoria- a
motor, y que tengan su amarre o guardería habitual en la provincia de
Buenos Aires. Actualmente, en el padrón hay incorporados 16 mil navíos
de este tipo.
Para reempadronarse en el registro de embarcaciones y evitar las
sanciones, el contribuyente deberá presentar ante Arba una declaración
jurada, la fotocopia del documento, la copia del Certificado de
Matrícula otorgado por Prefectura Naval Argentina, la copia de la póliza
de seguros, la factura de compra de la embarcación, boleto de
compraventa o escritura pública traslativa de dominio, según el caso.
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