
Por el mencionado Acuerdo se determinó un incremento salarial a
abonarse en dos tramos, con vigencia a partir de los meses de agosto y
diciembre de 2012.
Entre otros aspectos, se estableció el pago de una contribución
extraordinaria de $ 330 por cada trabajador a favor de la FATSA, la cual
será abonada en 10 cuotas mensuales de $ 33 a partir del mes de
setiembre de 2012, cada una con vencimiento el día 15 de cada mes o el
día hábil siguiente en su caso, con excepción de los meses de diciembre
de 2012 y junio de 2013.
Asimismo, se dispuso un aporte solidario equivalente al 1% de la
remuneración integral mensual durante la vigencia del presente Acuerdo.
El mencionado Acuerdo salarial se encuentra pendiente de homologación por parte del Ministerio de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social.