Recategorización Cuatrimestral y Pago mensual
El 20 de septiembre, además del pago de la obligación mensual, vence el plazo para la recategorización del monotributo por el período Mayo/Agosto.
Desde el inicio de actividad, cada 4 meses en las fechas de Recategorizacin Monotributo
debe analizarse los ingresos que ha obtenido, además del consumo de
energía eléctrica y los alquileres devengados que es probable que hayan
aumentado y considerando estos resultados verificar si la categoria no
se modificó; en el caso de modificación debe recategorizarse utilizando
el sistema registral, opción "registro tributario" ítem "monotributo" y
con "clave fiscal". Caso contrario, nada debe hacer.
En caso de corresponder nueva categoría, el pago corresponderá efectuarse desde el mes de octubre de 2012. Vencimiento: 22 de octubre de 2012.
La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” --> “Monotributo” y seleccionando la opción "Recategorización".
En caso de corresponder nueva categoría, el pago corresponderá efectuarse desde el mes de octubre de 2012. Vencimiento: 22 de octubre de 2012.
La recategorización en el Monotributo es un trámite que se realiza con Clave Fiscal, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), accediendo al servicio “Sistema Registral”, opción “Registro Tributario” --> “Monotributo” y seleccionando la opción "Recategorización".
Período a considerar
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Vencimiento para la recategorización
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septiembre/2011 a agosto/2012
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20 de septiembre de 2012
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Declaración Jurada Informativa
La declaración jurada informativa cuatrimestral está referida a
cada cuatrimestre calendario inmediato anterior y debe ser presentada
por los sujetos monotributistas que:
a) se hallen encuadrados en las Categorías F, G, H, I, J, K o L o
b) revistan la calidad de empleadores
La presentación de la información se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa"
a) se hallen encuadrados en las Categorías F, G, H, I, J, K o L o
b) revistan la calidad de empleadores
La presentación de la información se formalizará mediante transferencia electrónica de datos, a través de la página web de la AFIP (www.afip.gob.ar), ingresando al servicio con Clave Fiscal "Sistema Registral", opción "Declaración de Monotributo Informativa"
Período a considerar
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Terminación de CUIT
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Mayo/2012 a Agosto/2012
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0-1
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25/09/2012
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2-3
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26/09/2012
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4-5
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27/09/2012
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6-7
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28/09/2012
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8-9
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01/10/2012
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